Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 33

En vigor desde 8 ago 2014
La Agencia Tributaria Canaria tendrá su propio archivo central, correspondiendo al director su gestión y organización en coordinación con las normas técnicas emanadas desde el Archivo General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2014/07/30/7#art-33

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil