Capítulo CAPÍTULO I

Art. 38

En vigor desde 1 ene 2015
Se modifica el artículo 329 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción: «Artículo 329. Sujeto pasivo. Son sujetos pasivos de la tasa las fundaciones, inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana o que pretendan tal inscripción, u otras personas, que presenten cualquier solicitud de inicio de alguno o algunos de los procedimientos a que se refiere el artículo anterior.»
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eli/es-vc/l/2014/12/22/7#art-38

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