Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 27 jun 2013
En el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la presente Ley se aprobará por Comunidad de Madrid y la Junta de Castilla y León el Plan Rector de Uso y Gestión.
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eli/es/l/2013/06/25/7#disposicion-adicional-cuarta

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