Título TÍTULO VI

Art. 58

En vigor desde 5 jul 2013
La ciudadanía gallega residente en el exterior que desease retornar tiene derecho a obtener información y asesoramiento encaminado a promover la inserción laboral y social, tanto en el lugar de residencia en el exterior como en su llegada a Galicia.
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eli/es-ga/l/2013/06/13/7#art-58

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