Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Finalidad, Objetivos y Principios Generales
Art. 37
En vigor desde 17 ago 2010
1. La finalidad de la educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas hasta los seis años de edad.
2. Los objetivos y la ordenación de la etapa son los que se recogen en el capítulo I del título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Proeli/es-cm/l/2010/07/20/7#art-37