Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Segundo Nivel de Intervención
Art. 9
En vigor desde 3 may 2003
1. El Servicio Público de Empleo, directamente o a través de sus entidades colaboradoras, realizará las funciones del Segundo Nivel de Intervención Sociolaboral.
2. Se desarrollarán planes y programas de formación-empleo, de empleo de interés social y programas diseñados específicamente para personas con dificultades de inserción social y laboral.
3. Los programas dirigidos a la creación y mantenimiento de Empresas de Inserción, facilitarán la integración de estas personas en los circuitos ordinarios de empleo.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/7#art-9