Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 3 may 2003
A los efectos de esta Ley, se entiende por Intervención Sociolaboral, las distintas actuaciones realizadas por las Administraciones Públicas, directamente o a través de sus entidades colaboradoras, encaminadas a prevenir, detectar, valorar y acreditar las situaciones o riesgos de exclusión social, así como las medidas de carácter social, económico y laboral, tendentes a fomentar la inserción sociolaboral de los destinatarios a los que se hace referencia en el artículo 3.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/7#art-4