Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria undécima
En vigor desde 28 may 2003
En tanto la Agencia de Protección de la Salud no asuma las funciones que la presente Ley le encomienda, éstas siguen a cargo de los órganos y servicios correspondientes del Departamento de Sanidad y Seguridad Social.
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Proeli/es-ct/l/2003/04/25/7#disposicion-transitoria-undecima