Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 10 may 2004
Se autoriza al Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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Proeli/es-mc/l/2003/11/12/7#disposicion-final-segunda