Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 5 nov 1992
Las licencias y permisos de pesca expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley mantendrán su validez hasta el fin de su período de caducidad.
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Proeli/es-ga/l/1992/07/24/7#disposicion-transitoria-segunda