Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 103
En vigor desde 10 dic 2024
La Orden 28/2016, de 28 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los sindicatos y organizaciones sindicales, en proporción a su representatividad, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, se modifica como sigue:
Único. Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 7, que queda redactada de la siguiente manera:
«Artículo 7. Documentación. 1. Las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos: […] b) Respecto de los resultados obtenidos en las elecciones a órganos de representación del personal al servicio de otras administraciones públicas en el ámbito territorial de esta comunidad autónoma, el total de representantes atribuidos a la solicitante se acreditará mediante certificado emitido, de oficio, por la Oficina Pública Autonómica de Registro de Actas de Elecciones Sindicales, respecto de los mandatos válidos vigentes y no prorrogados en la fecha indicada en el artículo 2 de las presentes bases, por lo que no deberá ser aportado por la persona solicitante.»
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Proeli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-103