Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 28 jul 2022
Quienes a la entrada en vigor de la presente ley tuvieran la condición de miembros eméritos recobrarán todos sus derechos corporativos en los términos del artículo 6.
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eli/es-as/l/2022/06/29/6#disposicion-transitoria-primera

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