Título TÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 28 jul 2022
El Ridea es un ente público del Principado de Asturias creado para el cumplimiento de las funciones que la presente ley le encomienda, dotado de personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio, que actúa con independencia en el ejercicio de sus funciones. Se relaciona con la Administración del Principado de Asturias a través de la Consejería con competencias en materia de cultura, correspondiendo a su titular presidir, a meros efectos protocolarios, las reuniones del Consejo General cuando asista a las mismas.
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Proeli/es-as/l/2022/06/29/6#art-3