Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 24 jun 2020
Para constituirse los órganos que se derivan de la presente Ley, debe cumplirse lo establecido por la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, con relación a la paridad mínima.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2020/06/18/6#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil