Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 4 ago 2020
Serán de aplicación a las fundaciones reguladas en la presente ley las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad para las entidades sin ánimo de lucro y las normas de elaboración del plan de actuación de dichas entidades.
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eli/es-cb/l/2020/07/15/6#disposicion-adicional-segunda

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