Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Composición
Art. 42
En vigor desde 1 jun 2019
El Reglamento de Régimen Interior del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias regulará el estatuto de asociación o entidad observadora, a la que se reconocerá derecho de participación con voz, pero sin voto, y que no tendrá derecho de sufragio activo ni pasivo en los procesos electorales para la formación de la Comisión Permanente.
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Proeli/es-as/l/2019/03/29/6#art-42