Título TÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 ene 2016
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo realizará las modificaciones presupuestarias que sean precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
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eli/es-cb/l/2015/12/28/6#disposicion-final-primera

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