Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Promoción privada

Art. 33

En vigor desde 14 nov 2025
1. El Registro de demandantes de viviendas protegidas de la Región de Murcia tiene como finalidad contribuir a garantizar, en la adjudicación y adquisición o arrendamiento protegido de viviendas, el cumplimiento de los principios de igualdad, transparencia, objetividad y concurrencia, al tiempo que constituye un instrumento que proporcionará a la Administración regional información actualizada que permitirá programar las actuaciones de vivienda protegida, adecuándolas a las necesidades existentes, y en atención a la reserva de suelo regulada en la legislación urbanística. 2. Reglamentariamente se establecerá el régimen de inscripción y del funcionamiento del Registro de demandantes de viviendas protegidas de la Región de Murcia. Se deja sin efecto la modificación por Resolución de 31 de octubre de 2025, que publica el Acuerdo de la Asamblea Regional de Murcia por el que se deroga el Decreto-Ley 3/2025, de 2 de octubre. Ref. BORM-s-2025-90271 Se modifica por el .8 del Decreto-ley 3/2025, de 2 de octubre. Ref. BORM-s-2025-90237 Se añade por el .3 de la Ley 2/2020, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2020-9792 Se suprime por el .3 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. Ref. BORM-s-2020-90126#a3

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eli/es-mc/l/2015/03/24/6#art-33

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