Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33

En vigor desde 19 oct 2014
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la Consejería con competencias en materia de industria de la Junta de Castilla y León establecerá mecanismos que permitan examinar periódicamente el impacto de la regulación sobre la actividad económica y los costes de las empresas, con la participación de las entidades representativas de los intereses económicos y sociales. Igualmente establecerá cauces de interlocución con las administraciones locales de la Comunidad Autónoma, a fin de examinar conjuntamente las regulaciones locales que inciden sobre la actividad industrial, y promover medidas de coordinación y de adopción de prácticas de buena regulación en el ámbito local.
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eli/es-cl/l/2014/09/12/6#art-33

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