Título TÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 7 ago 2012
1. Se modifica el artículo 1 de la Ley 11/1997, de 17 de diciembre, de creación de la empresa pública «Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha», el cual queda redactado como sigue: «Artículo 1.º Se crea la Empresa Pública ‘‘Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha’’.» 2. Se modifica el artículo 3.a) de la Ley 11/1997, de 17 de diciembre, de creación de la empresa pública «Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha», el cual queda redactado como sigue: «a) La Sociedad tendrá por objeto, entre otros, proyectar, construir, conservar, explotar y promocionar infraestructuras y equipamientos sociales, culturales, deportivos y de vivienda, competencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que la misma promueva o participe, según los términos de sus encargos y mandatos de actuación, así como los servicios que se puedan instalar o desarrollar en dichas infraestructuras y equipamientos.» 3. Se introduce una nueva disposición adicional en la Ley 11/1997, de 17 de diciembre, de creación de la empresa pública «Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha», en los siguientes términos: «Disposición adicional tercera. Adscripción. La empresa pública ‘‘Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha’’ queda adscrita a la Consejería de Fomento.»
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eli/es-cm/l/2012/08/02/6#art-7

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