Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 26
En vigor desde 1 ene 2018
1. El desarrollo de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil requerirá:
a) La presentación previa de una declaración responsable, en los supuestos y términos previstos reglamentariamente.
b) Disponer de un seguro de responsabilidad civil. Las características del seguro serán desarrolladas reglamentariamente.
c) Estar a cargo de personas con titulación suficiente, en los términos previstos reglamentariamente.
2. Cuando participen menores de edad en las actividades, se requerirá que cuenten con una autorización por escrito de la persona o de las personas que ejerzan su patria potestad o tutela.
Se modifica por el .11 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1753
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2012/06/19/6#art-26