Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª La Educación Secundaria Obligatoria
Art. 35
En vigor desde 13 feb 2009
1. Los principios generales, los objetivos y la organización de la Educación secundaria obligatoria se desarrollarán de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
2. Además, la Educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan:
a) Desarrollar actitudes que contribuyan al desarrollo sostenible de Cantabria.
b) Conocer y valorar el patrimonio histórico, natural y cultural, y las tradiciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y contribuir a su conservación, difusión y mejora.
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Proeli/es-cb/l/2008/12/26/6#art-35