Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª La Educación Primaria
Art. 31
En vigor desde 13 feb 2009
De acuerdo con la organización de la etapa de Educación primaria que se establece en el artículo 18 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, se incluirá una segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de la etapa y recibirán especial consideración las áreas que tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos.
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Proeli/es-cb/l/2008/12/26/6#art-31