Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 105

En vigor desde 13 feb 2009
1. Los derechos y deberes de los padres o tutores son los establecidos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 2. La Consejería de Educación velará por que la Asociaciones de madres y padres de alumnos reciban el trato, la consideración y el respeto acordes con las finalidades que tienen encomendadas.
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eli/es-cb/l/2008/12/26/6#art-105

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