Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 9

En vigor desde 17 may 2007
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de Ordenación del territorio de Galicia, se crea el Instituto de Estudios del Territorio como organismo autónomo de carácter administrativo que tiene por objeto el análisis, estudio y asesoramiento en materia de urbanismo y ordenación del territorio. 2. Para el cumplimiento de sus fines el Instituto de Estudios del Territorio dispone de patrimonio propio y goza de personalidad jurídica propia, autonomía funcional y plena capacidad de obrar.
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eli/es-ga/l/2007/05/11/6#art-9

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