Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 8 may 2010
El Consejo Económico y Social, el Consejo de la Mujer y el Consejo de la Juventud se regirán por su legislación específica. Se modifica por el .16 de la Ley 1/2010, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2010-8506 .

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eli/es-cb/l/2002/12/10/6#disposicion-adicional-decima

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