Capítulo CAPÍTULO V
Art. 19
En vigor desde 1 ene 2022
Las sanciones que corresponden a cada tipo de infracción son las siguientes:
a) Las infracciones leves se sancionan con multas de 250 euros a 1.000 euros.
b) Las infracciones graves se sancionan con multas de 1.001 euros a 5.000 euros.
c) Las infracciones muy graves son sancionadas con multas de 5.001 euros a 50.000 euros.
Se modifica por el art. 74.2 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-953 Se modifica por el art. 169.3 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2001/05/31/6#art-19