Art. Disposición final primera
En vigor desde 9 abr 2002
El Gobierno de Canarias deberá aprobar provisionalmente las directrices de ordenación general y del turismo antes del 30 de noviembre de 2002.
Se modifica por la disposición adicional 5 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo. Ref. BOE-A-2002-7712
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Proeli/es-cn/l/2001/07/23/6#disposicion-final-primera