Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 4 sept 2000
Quedan sustituidos por los preceptos de la presente Ley los artículos 330 a 335 de la Compilación del Derecho civil de Cataluña.
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eli/es-ct/l/2000/06/19/6#disposicion-final-primera

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