Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria
En vigor desde 16 dic 1998
Los Consejos Escolares Municipales, que por iniciativa de los propios Ayuntamientos han sido creados, podrán seguir funcionando en su actual forma y composición, hasta tanto no sean regulados según los criterios de la presente Ley.
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Proeli/es-mc/l/1998/11/30/6#disposicion-transitoria