Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 8

En vigor desde 7 abr 1995
Las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid ofrecerán a los padres, a quienes vayan a serlo y a los tutores, los medios de información y formación adecuados para ayudarles a cumplir con sus responsabilidades, teniendo en cuenta las características de los menores y fomentando actitudes educativas y el respeto a sus derechos.
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eli/es-md/l/1995/03/28/6#art-8

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