Capítulo CAPÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 17 nov 1984
El programa de ordenación y aprovechamiento, en lo que afecte a las masas forestales, se ajustará a las normas de la Ley y Reglamento de Montes y a las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes Arbolados y Planes Técnicos actualmente en vigor y a las que pudieran establecerse por la Administración Forestal de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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eli/es-cb/l/1984/10/29/6#art-9

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