Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 24 ene 1985
El Consejo Superior de la Función Pública informará cada seis meses a las Cortes Generales de las autorizaciones de compatibilidades concedidas en todas las Administraciones Públicas y en los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes. A estos efectos, las distintas Administraciones Públicas deberán dar traslado al mencionado Consejo Superior de las autorizaciones de compatibilidad inscritas en sus correspondientes registros.
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eli/es/l/1984/12/26/53#disposicion-adicional-tercera

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