Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 ene 2003
La presente Ley no será de aplicación a las fundaciones a que se refiere la Ley 23/1982, de 16 de junio, del Patrimonio Nacional.
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eli/es/l/2002/12/26/50#disposicion-adicional-primera

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