Título TÍTULO II›Secc. Sección primera. Disposiciones generales
Art. Artículo treinta y siete
En vigor desde 1 sept 2004
Las normas de los artículos 34 a 36 se aplicarán en caso de muerte del tomador del seguro o del asegurado y, declarado el concurso de uno de ellos, en caso de apertura de la fase de liquidación.
Se modifica por la disposición final 28 de la Ley 22/2003, de 9 de julio. Ref. BOE-A-2003-13813
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1980/10/08/50#articulo-treinta-y-siete