Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 14 ago 2022
La ejecución de esta ley se financia con las partidas presupuestarias del Gobierno de las Illes Balears, con las partidas presupuestarias de los consejos insulares y ayuntamientos, con las aportaciones de entidades privadas y con las aportaciones de los usuarios de los instrumentos de ejecución de las políticas de juventud, en los supuestos y con los requisitos establecidos por las leyes. Asimismo, se financia con cualquier aportación económica admitida en derecho que, si procede, se pueda producir.
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Proeli/es-ib/l/2022/07/08/5#disposicion-adicional-cuarta