Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 14 ago 2022
La ejecución de esta ley se financia con las partidas presupuestarias del Gobierno de las Illes Balears, con las partidas presupuestarias de los consejos insulares y ayuntamientos, con las aportaciones de entidades privadas y con las aportaciones de los usuarios de los instrumentos de ejecución de las políticas de juventud, en los supuestos y con los requisitos establecidos por las leyes. Asimismo, se financia con cualquier aportación económica admitida en derecho que, si procede, se pueda producir.
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