Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 71

En vigor desde 2 oct 2021
1. Los vicepresidentes o vicepresidentas, en su caso, y las consejeras y consejeros, como titulares de los departamentos, son los órganos superiores de la Administración de la comunidad autónoma. 2. Las personas titulares de la Secretaría General de la Presidencia, de las secretarías generales técnicas y de las direcciones generales se configuran como órganos directivos. 3. Los órganos superiores y directivos tienen además la condición de alto cargo.
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eli/es-ar/l/2021/06/29/5#art-71

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