Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Infracciones

Art. 121

En vigor desde 27 ago 2019
Son infracciones leves: a) La captura, tenencia, naturalización, destrucción, muerte, deterioro, comercio, tráfico o exhibición no autorizados de especies incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial de Galicia, siempre que no estén incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas o en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial previsto en el artículo 56 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad. b) La producción de ruidos evitables que alteren la tranquilidad habitual de las especies, provocando afección a las especies incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial de Galicia. c) Transitar, circular con vehículos, acampar y encender fuego en los lugares expresamente prohibidos en los instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos, cuando no existan daños al patrimonio natural o a la biodiversidad. d) El incumplimiento de las condiciones impuestas en las autorizaciones para realizar determinadas actuaciones que pudieran afectar a espacios y especies protegidas o en los instrumentos de planificación previstos en esta ley, cuando no existan daños al patrimonio natural o a la biodiversidad. e) La destrucción, deterioro, sustracción o cambio de emplazamiento de las señales vinculadas a los espacios protegidos, así como el incumplimiento por parte de las personas titulares de los predios sirvientes de la obligación de dar paso y permitir su instalación, conservación o renovación. f) Cualquier otro incumplimiento de los requisitos, obligaciones o prohibiciones establecidas en la presente ley, siempre que no estén calificadas como infracción grave o muy grave en esta ley o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2019/08/02/5#art-121

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil