Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 65 bis

En vigor desde 13 nov 2021
Las viviendas protegidas no pueden ser objeto de subarrendamiento ni de cesión de uso total o parcial sin autorización de la administración competente. Se modifica por la disposición final 1.11 de la Ley 3/2021, de 10 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19807#df Se añade por la disposición final 1.11 del Decreto-ley 4/2021, de 3 de mayo. Ref. BOE-A-2021-11616#df

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eli/es-ib/l/2018/06/19/5#art-65-bis

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