Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 65 bis
En vigor desde 13 nov 2021
Las viviendas protegidas no pueden ser objeto de subarrendamiento ni de cesión de uso total o parcial sin autorización de la administración competente.
Se modifica por la disposición final 1.11 de la Ley 3/2021, de 10 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19807#df Se añade por la disposición final 1.11 del Decreto-ley 4/2021, de 3 de mayo. Ref. BOE-A-2021-11616#df
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2018/06/19/5#art-65-bis