Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 68

En vigor desde 6 mar 2020
1. Durante la construcción de las viviendas protegidas se expondrá en lugar visible y accesible un cartel en que se indique que la promoción está acogida al régimen de vivienda protegida. Sus dimensiones y otros requisitos que se tienen que incluir en el cartel se determinarán reglamentariamente. 2. En la publicidad de venta o alquiler que se efectúe a través de cualquier medio de comunicación o difusión se indicará el régimen legal al que están acogidas las viviendas, su superficie útil, su precio de venta y el resto de condiciones. Se modifica por la disposición adicional 3.17 del Decreto-ley 3/2020, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2020-5020#da-3

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eli/es-ib/l/2018/06/19/5#art-68

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