Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 6 jul 2017
Las autoridades y cargos del sector público de Aragón se regirán por la normativa sobre conflictos de intereses e incompatibilidades establecida en esta ley, pasado un año desde su entrada en vigor. No obstante, transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, se aplicarán sus disposiciones sobre publicidad de las declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales y las establecidas en la normativa sobre transparencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2017/06/01/5#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil