Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 6 jul 2017
Las medidas favorables a la protección del denunciante reguladas en esta ley serán de aplicación a todos los denunciantes relacionados con denuncias vigentes, aunque su presentación haya sido anterior.
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eli/es-ar/l/2017/06/01/5#disposicion-transitoria-segunda

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