Capítulo CAPÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 6 jul 2017
Deberán ser objeto de evaluación, en el marco de las disponibilidades materiales, personales y presupuestarias de la Agencia, las disposiciones legales autonómicas en la fase de elaboración del anteproyecto, atendiendo a su adecuación al objeto y su fundamentación desde la perspectiva del interés general, así como ejecución.
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eli/es-ar/l/2017/06/01/5#art-31

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