Título TÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 23 oct 2014
El artículo 18.1.c) de la ley queda redactado como sigue:
«c) Fase de archivo intermedio. En el Archivo General de La Rioja los documentos recibirán el tratamiento correspondiente a esta fase».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2014/10/20/5#disposicion-final-primera