Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 8
En vigor desde 11 jul 2013
1. Desde el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en colaboración con organismos de empleo, y oídas las Cámaras Oficiales de Comercio de la Región de Murcia, las asociaciones representativas de las organizaciones empresariales de la Región de Murcia, incluidas las de economía social y de autónomos, y las organizaciones sindicales más representativas, se desarrollarán acciones formativas en materia de emprendimiento, cultura, responsabilidad social corporativa y ética empresarial, cuidando que su programación incluya también como destinatarios a los jóvenes y mujeres en situación de desempleo, así como a los discapacitados y otros colectivos en riesgo de exclusión social.
2. También se llevarán a cabo acciones formativas específicas dirigidas a reemprendedores que deseen iniciar una nueva actividad empresarial, adaptadas a sus especiales circunstancias, a fin de favorecer una segunda oportunidad.
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Proeli/es-mc/l/2013/07/08/5#art-8