Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 11

En vigor desde 11 jul 2013
1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia promoverá la ética empresarial y la responsabilidad social corporativa entre los emprendedores y las pymes de la Región, con el fin de mejorar su compromiso con la sociedad en todos los ámbitos en que se relacionan: clientes, empleados, proveedores, accionistas, comunidad local o medio ambiente, entre otros. Asimismo promoverá los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos que surjan como consecuencia de la actividad empresarial. 2. Para ello, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de los organismos y órganos competentes, realizará las siguientes actuaciones: a) Prestará asesoramiento y formación en materia de responsabilidad social corporativa a las empresas que deseen desarrollar este tipo de políticas en el seno de su gestión empresarial. b) Realizará otras actividades de formación y difusión de las políticas de responsabilidad social corporativa a través de la organización de cursos y jornadas o la edición de publicaciones. c) Incluirá criterios de responsabilidad social corporativa en los procedimientos de contratación pública, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, así como en los baremos de concesión de ayudas o subvenciones por parte de cualquier organismo de la Administración autonómica, sin que en ningún caso dichos criterios tengan un efecto discriminatorio directo o indirecto. Para ello se podrá tener en cuenta la realización de diagnósticos y planes de mejora en la responsabilidad social corporativa por parte de empresas y licitantes, así como la elaboración de memorias de sostenibilidad y el diseño y desarrollo de sistemas de gestión. d) Diseñará la apertura de líneas de financiación o subvención para la realización de proyectos relacionados con las políticas de responsabilidad social corporativa en cualquiera de los ámbitos de influencia de las empresas, especialmente aquellos relacionados con el desarrollo de la comunidad local, el medio ambiente y la mejora de las condiciones laborales y la igualdad entre los trabajadores. e) Impulsará mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos que puedan surgir en el desarrollo de la actividad empresarial, en especial mediante campañas y actividades de promoción para fomentar la utilización de la Oficina de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales, aumentando los medios materiales y humanos de la misma, dentro del ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2013/07/08/5#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil