Título TÍTULO II
Art. 15
En vigor desde 11 jul 2013
1. Se crea la Plataforma del Emprendedor y de la Pyme, que tiene como objetivo agrupar y sistematizar en red toda la información que pueda ser de utilidad a emprendedores y pymes, y entre otros, los recursos financieros a los que puedan acceder y los servicios de asistencia en este ámbito.
2. La plataforma permitirá el acceso rápido y fácil a todos los datos de interés que desde los diferentes niveles de la Administración pública y el sector privado se dirijan a emprendedores y pymes. Asimismo, pondrá a disposición de estos colectivos y ayuntamientos información sistematizada sobre los procedimientos que figuren en la Guía de Procedimientos y Servicios de la Administración Regional en la que se recogerán, de manera clara y precisa, los requisitos exigidos por el ordenamiento para los diversos procedimientos relacionados con el inicio y consolidación de una actividad empresarial.
3. Para la consecución de la información prevista en el apartado anterior, de la Administración General del Estado y de su sector público, de la Administración local de la Región de Murcia, y de otros agentes y entidades privadas, se podrán celebrar convenios o arbitrar otras fórmulas de colaboración, con el objeto de establecer los mecanismos o cauces de información adecuados para que la plataforma disponga de los datos actualizados de dichas entidades relativos a emprendedores y pymes.
4. Corresponde al Instituto de Fomento de la Región de Murcia la puesta en funcionamiento, mantenimiento y gestión de la Plataforma del Emprendedor.
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Proeli/es-mc/l/2013/07/08/5#art-15