Art. 4

En vigor desde 6 nov 2012
Para la realización de sus fines, las academias, además de sus medios corporativos y económicos, tendrán las partidas o dotaciones que se les asignen anualmente en el Presupuesto General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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eli/es-cn/l/2012/10/25/5#art-4

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