Título TÍTULO IV

Art. 37

En vigor desde 8 nov 2011
La Administración de la Junta de Andalucía apoyará la integración del sector olivarero mediante las distintas modalidades de entidades asociativas vigentes, tanto de producción como de comercialización. Asimismo, fomentará las fusiones, integraciones y absorciones entre cooperativas de primer grado y la constitución de cooperativas de segundo y ulterior grado, así como de todo tipo de empresas encaminadas a favorecer la concentración de la oferta en el sector del olivar.
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eli/es-an/l/2011/10/06/5#art-37

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